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Justicia digital en España: las tecnologías que transforman los tribunales

Inteligencia artificial, expediente electrónico y vistas telemáticas redefinen la Administración de Justicia española. Análisis del estado actual en 2026.

Justicia digital en España: las tecnologías que transforman los tribunales

La Administración de Justicia española vive un proceso de transformación digital sin precedentes. Desde la aprobación del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, de medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de Justicia, los tribunales han incorporado herramientas tecnológicas que afectan tanto al trabajo de jueces y letrados como a la experiencia de los ciudadanos y abogados que acuden a ellos. En mayo de 2026, el balance es desigual: avances significativos en algunos territorios y resistencias estructurales en otros.

El marco normativo: la Ley de Eficiencia Digital

La norma de referencia es el citado Real Decreto-ley 6/2023, que sustituyó al frustrado Proyecto de Ley de Eficiencia Digital del Servicio Público de Justicia. Esta norma regula aspectos clave como:

  • La inmediación digital en las actuaciones judiciales.
  • El expediente judicial electrónico como soporte único.
  • La identificación electrónica de profesionales y ciudadanos.
  • Las actuaciones automatizadas mediante sistemas algorítmicos.
  • La carpeta justicia, punto único de acceso del ciudadano.

Esta regulación se complementa con el Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial, plenamente aplicable desde agosto de 2026 en sus disposiciones sobre sistemas de alto riesgo, categoría en la que se encuadran expresamente los algoritmos empleados en la administración de justicia.

Vistas telemáticas: la normalización tras la pandemia

Lo que comenzó como solución de emergencia durante la pandemia se ha consolidado. El artículo 229 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, reformado, permite la celebración de actuaciones por videoconferencia siempre que se garanticen los principios de contradicción, defensa e inmediación.

En la práctica, en 2025 se celebraron más de 2,3 millones de actuaciones judiciales telemáticas en España, según datos del CGPJ. Sin embargo, el Tribunal Constitucional, en su sentencia STC 6/2024, recordó que la presencialidad sigue siendo la regla general en el orden penal cuando se ventilan penas privativas de libertad superiores a dos años, salvo consentimiento expreso del acusado.

Expediente Judicial Electrónico: hacia la interoperabilidad

El Expediente Judicial Electrónico (EJE) es la columna vertebral de la digitalización. La realidad, no obstante, es fragmentada: conviven sistemas como Minerva, Vereda, Avantius, Atlante II o Justicia.cat, en función de la comunidad autónoma con competencias transferidas.

El Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad (EJIS) pretende garantizar la comunicación entre estos sistemas, aunque persisten incidencias frecuentes que han llevado a algunos colegios de abogados a denunciar caídas reiteradas de LexNET —el sistema de notificaciones telemáticas regulado por el Real Decreto 1065/2015—, especialmente en momentos de cómputo de plazos procesales.

Inteligencia artificial en los tribunales

El uso de IA en la Justicia española avanza con prudencia. Las aplicaciones actualmente desplegadas o en piloto incluyen:

  1. Anonimización automática de resoluciones en el CENDOJ mediante procesamiento de lenguaje natural.
  2. Transcripción automática de vistas, ya operativa en varios juzgados de Cataluña, Madrid y País Vasco.
  3. Sistemas de apoyo a la calificación de demandas y reparto de asuntos.
  4. Análisis predictivo de jurisprudencia para letrados de la Administración de Justicia.

El CGPJ aprobó en 2024 una Guía sobre el uso de inteligencia artificial generativa por jueces y magistrados, que recomienda extrema cautela: la IA puede asistir en tareas de búsqueda y redacción, pero no puede sustituir el juicio jurisdiccional, que es indelegable conforme al artículo 117 de la Constitución.

El debate sobre la llamada justicia predictiva sigue abierto. Frente a experiencias como la francesa o la estonia, España ha optado por un enfoque conservador, alineado con la Carta Ética Europea sobre el uso de la IA en sistemas judiciales del CEPEJ.

Identificación, firma y carpeta ciudadana

La Carpeta Justicia, accesible a través de la sede judicial electrónica, permite al ciudadano consultar el estado de sus procedimientos, recibir notificaciones y aportar documentación. Su despliegue completo, previsto inicialmente para 2024, se ha ido prorrogando y en 2026 sigue presentando carencias funcionales en varios órdenes jurisdiccionales.

Los profesionales utilizan certificados de la ACA (Autoridad de Certificación de la Abogacía) o el DNI electrónico, mientras que los ciudadanos pueden emplear Cl@ve para identificarse.

Retos pendientes

Pese a los avances, persisten problemas estructurales:

  • Brecha digital entre comunidades autónomas con y sin competencias transferidas.
  • Falta de formación tecnológica específica para personal judicial.
  • Ciberseguridad: el ataque al Ministerio de Justicia de finales de 2023 y posteriores incidentes han puesto de manifiesto la vulnerabilidad de los sistemas.
  • Protección de datos: aplicación del RGPD y de la LO 7/2021 en el tratamiento masivo de datos judiciales.
  • Acceso a la Justicia para colectivos vulnerables sin competencias digitales.

Conclusión práctica

Para el abogado en ejercicio, la justicia digital ya no es una promesa, sino una realidad cotidiana que exige actualización constante. Conviene mantener varios certificados digitales operativos, dominar el sistema de notificaciones de la jurisdicción correspondiente y conservar copias locales de los escritos presentados, dado que los fallos técnicos siguen produciéndose. Para el ciudadano, la Carpeta Justicia es la puerta de entrada recomendada, aunque para asuntos complejos sigue siendo imprescindible asesoramiento profesional. Y para todos, conviene recordar que la tecnología es un medio: la tutela judicial efectiva del artículo 24 CE no puede depender de que un sistema informático funcione o no un viernes a las 14:59.

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