Pena de cárcel por pornografía infantil
¿A que pena de cárcel tiene la pornografía infantil? Para responder a esta pregunta sobre la pena de cárcel por pornografía infantil, hemos contactado con el despacho número 1 de España en la defensa penal de acusado por delito pornografía infantil de España. Ellos son JAVIER y MANUEL RINCÓN BERNAL, directores de RINBER ABOGADOS, considerados los mejores abogados delito pornografía infantil de España.
La pena de cárcel por pornografía infantil, según refieren son JAVIER y MANUEL RINCÓN BERNAL, va a depender de una multiplicidad de factores, puesto que puede ir, desde una simple multa hasta un número, muy elevado, de años de prisión.
Es un delito muy grave, que ha de tomarse muy en serio, pues las órdenes de la fiscalía general del estado, a los fiscales especializados en delitos informáticos, es ir MUY FUERTE contra las personas acusadas de posesión y/o distribución de pornografía infantil.
La legislación española penaliza severamente la posesión, producción, distribución y promoción de pornografía infantil. Estos delitos están regulados principalmente en los artículos 189 y 189 bis del Código Penal, así como en otros artículos relacionados.
Es en estos artículos donde se establece la pena de cárcel por pornografía infantil.
Posesión de pornografía infantil:
La posesión de material pornográfico que represente a menores de edad participando en actividades sexuales o exhibiendo sus genitales se considera un delito.
Se considera irrelevante si la posesión es con fines personales o de distribución.
La mera posesión de este tipo de material se considera un delito sin necesidad de que se demuestre la intención de distribuirlo o difundirlo. Lógicamente, estamos en el rango penal de reproche mínimo, esto es que pena de cárcel por pornografía infantil, en este caso es menor.
La pena por posesión de pornografía infantil puede variar, pero en general, puede ir desde prisión de uno a cinco años y multas económicas considerables.
Distribución de pornografía infantil:
La distribución, transmisión o difusión de material pornográfico que involucre a menores de edad se considera un delito más grave que la simple posesión. La pena de cárcel por pornografía infantil, en este supuesto concreto, afirman JAVIER y MANUEL RINCÓN BERNAL, es mucho más severa y contundente.
Esto incluye el envío a través de Internet, correo electrónico, mensajería instantánea, redes sociales u otros medios de comunicación.
La pena por distribución de pornografía infantil es más severa y puede incluir prisión de cuatro a diez años y multas económicas considerables.
Estos son los casos más complejos, afirman JAVIER y MANUEL RINCÓN BERNAL, puesto que nos enfrentamos, siendo éste un único delito objeto de acusación, hasta con peticiones de 10 años de prisión, siempre y cuando, no concurra con otros delitos, ya que en ese caso, la petición puede ser incluso mayor. Es por tal razón que la defensa penal de un delito como este, necesita verdaderos especialistas en la materia. En RINBER ABOGADOS, son especialistas. Tramitan asuntos de este tipo en toda la geografía nacional.
Código Penal
Además, el Código Penal también establece que se considerará un delito agravado cuando los actos descritos anteriormente se cometan por parte de una persona que tenga una posición de autoridad o responsabilidad sobre el menor, como un tutor legal, docente o cuidador.
Este delito, es un delito grave, la pena de cárcel por pornografía infantil, puede ser muy elevada. Póngase en manos de los mejores.