La AN confirma su competencia para juzgar las piezas Iron, Land y Pintor del caso Villarejo

por | diciembre 10, 2021

El tribunal que juzga las piezas Iron, Land y Pintor del ‘caso Tándem, en las que el principal acusado es el comisario jubilado José Manuel Villarejo, ha reafirmado su competencia para juzgar estos hechos y ha descartado la mayoría de las testificales solicitadas en las cuestiones previas, entre ellas las de miembros actuales o anteriores del Gobierno.

En un auto, dictado ayer, los magistrados Ángela María Murillo Bordallo (presidenta), Carmen Paloma González Pastor y Fermín Javier Echarri Casi se han pronunciado sobre las cuestiones previas planteadas por las partes al inicio de la vista oral, en las que se piden numerosas testificales y se alega entre otras cuestiones vulneración de derechos fundamentales, nulidad de actuaciones, petición de expulsión de Podemos y prescripción del delito de descubrimiento y revelación de secretos, así como el enjuiciamiento conjunto con la pieza principal.

El tribunal avanza que algunas de las cuestiones planteadas relacionadas con vulneración de derechos fundamentales o nulidad de actuaciones se resolverán en la sentencia.

En relación con la falta de competencia de la Audiencia Nacional alegada por las defensas, los magistrados recuerdan que las tres instancias judiciales que se han pronunciado sobre esta cuestión han mantenido la competencia de este tribunal, al tratarse de acciones cometidas por españoles en el extranjero.

El tribunal explica que las tres piezas del presente juicio tienen vinculación con la causa principal de la que proceden y ello sin perjuicio de reconocer que los hechos objeto de acusación en las tres piezas de enjuiciamiento, por sí solos considerados no sería suficiente para mantener la competencia de este órgano jurisdiccional.

En el auto, de 66 páginas, rechaza también la petición de acumular las tres piezas a la causa principal para su enjuiciamiento conjunto por ser procesalmente inviable al no haber finalizado la instrucción de la causa principal. No obstante, el tribunal señala que en las primeras sesiones de juicio se ha percatado de la necesidad de unir a las tres piezas parte de la documental de la principal, “en concreto, el núcleo de la investigación judicial llevada a cabo en aquella en relación, en concreto, con las diligencias de entrada y registro practicadas, con objeto de que conozca la forma en que se produjo su aprehensión y la legalidad de la actividad desplegada, tema éste que también ha sido cuestionado”.

En relación con la nulidad de las entradas y registros realizados que planteaban las defensas, explica que será objeto de análisis en la sentencia que dicte, pues exige los principios de contradicción e inmediación, «no sólo cómo se llevó a cabo y si los agentes encargados de su práctica observaron las directrices judiciales y de los respectivos letrados de la administración de justicia, sino si en el momento de llevarse a cabo, los datos de cargo contra cualquiera de los entonces investigados eran racionalmente bastantes para acordar su práctica».

El tribunal hace suyo el pronunciamiento de la Sección Tercera cuando al resolver los recursos de apelación mantuvo la personación de Podemos, reconociendo un cierto interés legítimo y porque habían prestado una importante fianza.

El auto también resuelve sobre la pertinencia o no de la práctica de las pruebas propuestas al inicio del juicio oral por las acusaciones y las defensas, tanto testificales como documentales y periciales.

Respecto a la prueba solicitada por Villarejo, los magistrados rechazan los testimonios que no guarden relación ni directa ni indirectamente con los acontecimientos específicos de las tres piezas que se van a enjuiciar. Así, descartan las testificales de magistrados o fiscales, miembros actuales o anteriores del Gobierno «por carecer todos ellos de cualquier relación con los hechos que enjuiciamos». Igualmente sucede con los profesionales de los medios de comunicación, periodistas, secretario de Estado de Estado y exsecretario de Estado de Interior.

Tampoco se admiten las testificales solicitadas por Villarejo de personas que se encuentran investigadas en otras piezas del denominado “caso Tándem” y cuya investigación continúa en el Juzgado Central de Instrucción 6.

El tribunal ha admitido los testimonios solicitados por Villarejo de una decena de agentes y mandos de Policía, Guardia Civil y CNI, entre ellos los que fueran directores generales Operativos de la Policía Agustín Linares, Pedro Díaz-Pindado y Florentino Villabona, el director del Centro contra el Terrorismo y Crimen Organizado José Luis Olivera o el comisario jefe de la Unidad de Asuntos Internos Francisco Javier Migueláñez.

Estas son las primeras piezas que juzgadas de la treintena que conforman el caso Tándem. Por ellas, la Fiscalía pide más de 109 años de cárcel para Villarejo.

En ‘Iron’ Anticorrupción reclama 57 años de cárcel y una multa de más de 700.000 euros para el Villarejo por el supuesto encargo de un despacho de abogados de espiar a un bufete de la competencia.

En ‘Land’, donde se ha investigado el encargo de labores de espionaje por la disputa en torno a la herencia del fundador de la urbanización de lujo ‘La Finca’, el Ministerio Público reclama 38 años y 10 meses de cárcel y una multa de 252.000 euros.

En ‘Pintor’, que versa sobre el encargo que habrían hecho al comisario jubilado unos empresarios para extorsionar a un exsocio y al abogado de este último, el exjuez Francisco Javier de Urquía, pide para Villarejo 14 años de prisión.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *